Repasando las reglas
Y si nos vamos a poner tan puntillosos con el reglamento, detestables míos, los vamos a invitar a repasar también los siguientes artículos y entonces veremos quien juega primero.
Artículo 24
Durante la sesión ningún Diputado podrá ausentarse del recinto de la Cámara sin cumplir con lo preceptuado por el artículo 178 del Reglamento. Si lo hiciere, la Presidencia lo pondrá en conocimiento de la Cámara y la Secretaría pasará la nota establecida en el artículo 22 a la Contaduría, a los efectos de la sanción consignada en el artículo 23.
Artículo 178
Ningún diputado podrá ausentarse durante la sesión sin permiso del presidente, quien no lo otorgará sin consentimiento de la Cámara, en el caso que ésta debiese quedar sin quórum legal.
del Reglamento de la H. Cámara de Diputados de la Nación.
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